REGISTRO DE PATENTES EN EL PERÚ

Una Patente es un título que reconoce el derecho de explotar en exclusiva una invención, impidiendo a otros su fabricación, venta o utilización sin consentimiento del titular.

Tanto en el Perú como a nivel internacional la obtención de una Patente, requiere el cumplimiento de una serie de formalidades y procedimientos con diferentes etapas.

Se puede proteger como patente, toda invención que cumpla las tres condiciones de patentabilidad únicas y acumulativas:

1.- Novedad. Una invención es nueva cuando no está comprendida en el informe de estado de la Técnica.

2.- Actividad inventiva. Se considera que una invención implica una actividad inventiva si no resulta del estado de la Técnica de una manera evidente para un experto en la materia.

3.- Aplicabilidad industrial. Aplicabilidad industrial. Se considera que una invención es susceptible de aplicación industrial cuando su objeto puede ser fabricado o utilizado en cualquier clase de Industria.Invenciones NO PATENTABLES (*)

(*) Por muy ingeniosos, originales o beneficiosos que sean, NO PUEDEN SER PATENTABLES:

- Los Descubrimientos. Es decir, los alumbramientos de algo que ya existia aunque no fuera conocido y que, por tanto, No puede ser "inventado".

- Las teorías científicas o métodos matemáticos.

- Las obras artísticas, científicas o literarias. Estas se Protegen a través de los Derechos de la Propiedad Intelectual.

- Los planos, reglas o métodos para juegos o actividades intelectuales o económico-comerciales.

- Los programas informáticos.

Aún Cuando se tratara de una invención no incluida en ninguno de los casos anteriores, tampoco se pueden patentar:

- Las razas de animales o variedades vegetales. Siempre que PUEDAN acogerse a la Ley de Obtención de Variedades Vegetales de 1975.
- Los Procedimientos. Esencialmente biológicos de obtención de las MISMAS ni Aquellas Invenciones Cuya publicación Pueda ser contraria al orden público ya las buenas costumbres.

Los derechos que la Patente de Invención y el Modelo de utilidad otorgan, son estrictamente nacionales, en consecuencia, para proteger una invención en el extranjero, se debe proceder a su inscripción en aquellos países en los que se quiera obtener los derechos que la Legislación Nacional conceda.

En la actualidad la Mayoría de los Países Industrializados del Mundo, entre los que se encuentra el Perú, forman parte del Convenio de la Unión de París. Esta circunstancia permite al titular de una Patente de Invención de cualquiera de los Países signatarios, reivindicar la Prioridad Registral de su solicitud cuando proceda formalizarla en alguno de los otros países, siempre y cuando no haya transcurrido un plazo superior a un año desde la fecha de presentación.

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