REGISTRO DE DERECHOS DE AUTOR EN EL PERÚ

El derecho de autor es un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores de creaciones literarias, artísticas, científicas o didácticas.

La Ley de Derechos de Autor y el Decreto Supremo 061-62-DE regulan los derechos de autor en el Perú. Sin embargo, la Constitución del país confiere a los tratados internacionales (*) un rango mayor que la ley nacional.

(*) Convención Universal sobre Derechos de Autor, revisada en París; Convenio de Berna para la Protección de Obras Literarias y Artísticas; Convenio para la Protección de Productores de Fonogramas contra la Reproducción no autorizada de sus Fonogramas; Convención de Roma para la Protección de Artistas, Intérpretes o Ejecutantes y Productores de Fonogramas y Organismos de Radiodifusión, entre otros.

El registro de los derechos de autor se lleva a cabo en la Oficina de Derechos de Autor del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección a la Propiedad Intelectual (INDECOPI).

Una obra pasa al dominio público cuando los derechos patrimoniales han expirado. Esto sucede habitualmente transcurrido un plazo desde la muerte del autor (post mortem auctoris). Por ejemplo, en el derecho europeo, 70 años desde la muerte del auto; dicha obra entonces puede ser utilizada en forma libre, respetando los derechos morales.

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